Jurisprudencia

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Destacamos la providencia dictada en fecha 15/11/2012 por el Magistrado del Juzgado de Primera Instancia Instruccion 1 de Catarroja en la que interpone una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en un proceso sobre ejecución hipotecaria.

En una vista celebrada el pasado julio, el letrado del ejecutado  planteó que una de las cláusulas del contrato hipotecario era abusiva.  En concreto, la conocida como 'cláusula suelo', que obliga a seguir  pagando un determinado tipo de interés aunque el tipo baje. A su vez, el  letrado del banco alegó que esa causa no está contemplada dentro de las  causas de oposición a una ejecución hipotecaria que recoge el artículo  695 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

 

Dado la naturaleza hipotecaria del procedimiento la Ley no permite al Juez valorar el carácter abusivo de una cláusula en un contrato bancario y la ejecución prosigue, de lo que se desprende una posible colisión entre el artículo 695 LEC y la Directiva 93/13 CE.

 

El Magistrado ha presentado la cuestión prejudicial al Tribunal de la Unión Europea quedándo de este modo el procedimiento a la espera de la resolución adoptada por éste.

 

 

 

 

 

 

 


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